👨‍👩‍👧‍👦 Reagrupación Familiar en España – Actualización RELOEX 2025

Tráete legalmente a tus seres queridos y reúnelos contigo en España

En CAPANDI EXTRANJERÍA te ayudamos a reunir legalmente a tu familia bajo el nuevo Reglamento de Extranjería RELOEX 2025 (RD 1155/2024) y la Instrucción SEM 2/2025, que han mejorado y ampliado los derechos de reagrupación familiar desde el 20 de mayo de 2025.

🧑‍💼 ¿Quién puede solicitar la reagrupación?

Puede solicitarla cualquier persona con residencia legal en España (extranjera o española) que cumpla:

🕒 1 año de residencia legal continuada en España

📅 Renovación concedida o en trámite por otro año

💰 Medios económicos suficientes (150 % IPREM + 50 % por cada familiar)

🏠 Vivienda adecuada, acreditada mediante informe municipal

🏥 Cobertura sanitaria completa (pública o privada sin copagos)

👨‍👩‍👧 ¿A quién se puede reagrupar?

El RELOEX 2025 y la Instrucción SEM 2/2025 permiten reagrupar a:

👩‍❤️‍👨 Cónyuge o pareja registrada, o pareja estable con hijos en común o convivencia mínima de 1 año

👶 Hijos menores de 26 años, si dependen económicamente o conviven con el reagrupante

🧓 Padres o suegros mayores de 65 años, si están a cargo y existen razones justificadas

👦 Otros familiares dependientes en circunstancias especiales (como tutela o discapacidad)

📌 Ya no es necesario que los hijos tengan discapacidad para ser reagrupados si hay dependencia económica.

🔄 ¿Cómo es el procedimiento?

1️⃣ Solicitud desde España ante Extranjería
2️⃣ Resolución favorable en un plazo máximo de 3 meses
3️⃣ Visado en consulado español en el país de origen (si aplica)
4️⃣ Entrada a España y solicitud de TIE en el primer mes tras la llegada

🔍 ¿Y si el familiar ya está en España?

Además del trámite tradicional desde el extranjero, el nuevo reglamento RELOEX 2025 también contempla otras opciones legales si el familiar ya se encuentra en España. Estas vías son posibles en situaciones específicas como:

✅ Parejas con hijos en común o convivencia continuada

✅ Hijos mayores que estudian o no pueden mantenerse por sí solos

✅ Personas que entraron como turistas o por estudios

✅ Casos de dependencia económica o situaciones de necesidad

✅ Familiares de ciudadanos españoles

📌 Estas opciones son legales y están reconocidas oficialmente, pero requieren un estudio individualizado y una estrategia jurídica concreta.

💡 En CAPANDI EXTRANJERÍA valoramos tu caso y te decimos si puedes reagrupar directamente desde España, sin necesidad de visado ni salida del país.

📑 Documentación necesaria

Para el solicitante:
TIE o DNI, contrato de vivienda, informe de vivienda adecuada, medios económicos y empadronamiento.

Para el familiar:
Pasaporte, documentos de vínculo (apostillados y traducidos), certificado médico, antecedentes penales, entre otros.

🛡️ Nos encargamos de adaptarlo todo según el país, el vínculo y tu situación legal.

✅ ¿Por qué elegir CAPANDI EXTRANJERÍA?

✔️ Estudio legal previo y viabilidad real
✔️ Tramitación completa del expediente
✔️ Representación legal ante Extranjería
✔️ Asistencia para el consulado o reagrupación desde España
✔️ Acompañamiento hasta la entrega del TIE

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